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ARTÍCULO

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MAYO 2015

Sobre el uso
recreativo de las drogas

Sobre el uso recreativo de las drogas

OCTAVIO MUCIÑO

  Montaje recortado y en b/n del Toxic de Jean-Michel Basquiat (1984)

Las drogas pueden ser usadas para muchos fines: para curar, para reír, para orar, para soñar, para pensar, para convivir, para destruir, para escapar, para soporizar, para crear, etc. Porque no sólo cada sustancia tiene sus particularidades; existen tantos fines, efectos y visiones como situaciones y contextos en que son usadas. Los individuos elegimos y construimos esos propósitos por medio de nuestras expectativas, valores, creencias, y así, cada consumo, se convierte en una experiencia que suma nuestras circunstancias y decisiones que nos ubicaron allí, frente a la sustancia. Así hacemos de las drogas nuestras herramientas. Encontrando al individuo ante la sustancia es como el individuo toma consciencia de las virtudes y riesgos de su pócima, y el mundo físico y mental que le acoge en el momento. De esta multiplicidad de fines han nacido categorizaciones, que desafortunadamente han sido ensalzadas y socavadas a conveniencia de algunos que desprecian la libertad.

Hablando de tres categorías de usos, terapéuticos, enteogénicos y recreativos, considero que existen situaciones privilegiadas para estos fines en los que interviene el Estado.

Los fines terapéuticos son los que gozan mejor reputación a ojos del Estado. Las grandes farmacéuticas que han hecho fortunas con drogas «legales», lo lograron con el privilegio de una legislación de patentes, pero además, con una categoría que les ubica en un lugar muy noble: el de tratar un padecimiento. Por supuesto, curar es una propiedad valiosísima, pero ello ha sido usado para menoscabar otros fines. Los laboratorios pueden gestionar con cierta libertad los componentes que usarán para la elaboración de dichas drogas, siempre y cuando se cumplan una serie de protocolos. Ello aplica no solo para drogas «legales», sino que, a través de la investigación terapéutica, se ha permitido el uso de hongos alucinógenos, LSD y MDMA, por mencionar algunos, que están absolutamente prohibidos en el mercado. Es afortunado que dichas sustancias puedan mostrar sus bondades a través de un protocolo científico, pero la momentánea suspensión de su prohibición revela indulgencias respecto a los fines que los individuos en su fuero podrían lograr. Celebramos su uso en laboratorios y el beneficio a los pacientes, condenamos lo exclusivo de la permisibilidad por esa categorización.

Los usos enteogénicos (de entéogeno, sustancia usada con fines religiosos o espirituales) tienen cierto privilegio sobre los usos recreativos, pero sólo en ciertos escenarios. Por mencionar un ejemplo, los chamanes americanos pueden usar hongos, peyote o ayahuasca para fines rituales sin ser castigados por el Estado, pero para ello es necesario que se cumplan ciertas condiciones. Su utilización cae en el marco de «usos y costumbres» y su uso debe ser estrictamente religioso, dentro de un territorio limitado, e incluso sólo por medio de chamanes pertenecientes a una etnia específica. Una persona que no pertenezca a la etnia, que cargue peyote consigo para usarlo en su casa en la ciudad, aún a pesar de tener fines enteogénicos, se encontraría en problemas con la ley. Celebramos que estos psicoactivos sean permitidos con fines enteogénicos en estos espacios, pero condenamos que la categorización solo reconozca a los chamanes y/o a ciertos territorios como espacios aceptados.

Así llegamos al más despreciado de los fines: el recreativo. Si buscar tratar a un paciente o usar un entéogeno a través de un chamán es legítimo, prender un porro para ver —los viejos— episodios de los Simpson y reír como si no hubiera mañana, es inferior. La marihuana médica podría salvar nuestro pellejo, o haber viajado a una selva sudamericana, pero la policía no tendrá consideración si nuestro fin era simplemente pasar un rato divertido. Basta escribir «recreational use» en el Google académico, y veremos que existe alarma respecto al uso recreativo de las drogas otrora terapéuticas, a veces hablando de un «mal uso» (misuse) o abuso. Por supuesto, esto no es terminología neutral y se habla de los fines recreativos como fines a ser evitados. Para estas buenas personas, aquel que usa las drogas con fines recreativos no posee la literacidad científica ni la nobleza étnica para tener derecho a drogarse. El usuario recreativo es incapaz de informarse en journals sobre lo que consume. Es incapaz de expandir sus horizontes a otras áreas del conocimiento si no es un psiquiatra o farmacólogo, o de buscar espacios de divulgación que aclaren el panorama. El consumidor recreativo invariablemente carece del amor propio para informarse técnicamente sobre lo que consume y buscar el setting óptimo que minimice los riesgos.

Han llegado tarde estos alarmistas. Existe una amplia cantidad de información de calidad en internet para aquellos que tienen fines recreativos, enteogénicos (en la comodidad de su casa y con sus propios dioses) o cualquier otro. Sitios como Erowid han hecho una labor formidable y contienen referencias científicas y una buena cantidad de testimonios, que siempre son útiles para conocer particularidades de los efectos. Existen foros como Bluelight y Drugs-Forum con gente siempre dispuesta a resolver las dudas de los usuarios. Existe, igualmente, una cultura de la responsabilidad y de la prevención de las adicciones, dentro de una clara distinción entre usuarios y adictos, distinción de la que son incapaces muchos organismos públicos de salud o judiciales de comprender.

No es espacio aquí para tratar el desdén hacia toda aquello que es lúdico, pero bien puede servir como ejemplo de menosprecio de lo que es simple ocio y goce. Sin embargo, debemos entender que el uso recreativo no tiene un estatus inferior en modo alguno. El propósito del uso de la sustancia es finalmente elegido por el individuo, y no se debe coartar su libertad solo porque el Estado busca, en cada ciudadano, un estoico peón que no deba de divertirse con esas cosas.

Este artículo se publicó en el Nº 1 de la revista STIRNER, Bajo los adoquines, la playa, en mayo de 2015.

Este artículo se publicó en el Nº 1 de la revista STIRNER, Bajo los adoquines, la playa, en mayo de 2015.